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OTROS BENEFICIOS APROBADOS POR EL CONSEJO DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN, QUE SE HAN PUBLICADO EN EL B.O.C., EN FORMA DE ACTA ORDINARIA.
Todos los huérfanos hijos de los afiliados a esta Asociación, tiene derecho hasta cumplir la edad de 22 años, a ocupar plaza en los Colegios, llevando además consigo las siguientes prestaciones: a).- Enseñanza, alojamiento y manutención. b).- Libros de texto y material escolar. c).- Artículos de limpieza de aseo personal. d).- Gratificación mensual. e).- Billete de desplazamiento en vacaciones (Navidad, Semana Santa y Verano), y como consecuencia de nuevo ingreso y baja. f).- Vestuario y uniformidad. g).- Asistencia facultativa y medicamentos. h).- Gasto de gafas (Por prescripción Médica). i).- Tratamientos necesarios de endodóntica, Ortodoncia, Logopedia y Clases de reeducación por trastornos disléxicos. j).- Otros Tratamientos Especiales, tendrán que ser aprobados por el Consejo de Gobierno y Administración, previo estudio individual de cada caso. k).- Ayuda economica para la obtencion del permiso de conduccion.
Para todos los huérfanos/as que ocupen plaza en las Residencias de la Asociación; se beneficiarán de las siguientes prestaciones, (lo que corresponda mediante abono mensual: a).-Alojamiento y manutención. b).-Gratificación mensual para: Artículos de aseo personal, Libros de texto, Material escolar, Gratificación, Transporte de desplazamiento a clase y vestuario, 356 Euros (Curso 2011/12). c).-Billetes de desplazamiento: Navidad, Verano, Semana Santa y como consecuencia de nuevo ingreso y baja. d).-Importe de las matrículas de aquellas asignaturas, en que se hubiese matriculado, previa justificación del gasto, por una sola vez a lo largo de la carrera universitaria; excepto lo que cursen estudios según lo regulado en el apartado Becas para Oposiciones y Estudios Postgrado. e).-Importe de las clases preparatorias para el ingreso en la Guardia Civil y Academia General militar. f).-Importe de los títulos Universitarios. g).-Para aquellos huérfanos que estén en edad de protección, además tendrán los mismos beneficios y en las mismas condiciones que los huérfanos colegiados.
Para huérfanos internos en Colegios (Hasta cumplir 22 años), y los que tengan derecho al alojamiento, y ocupen plaza en Residencias Universitarias ( Hasta cumplir 30 años, sean o no universitarios), dependientes de la Asociación. Esta Gratificación mensual; abarcará 10 meses del curso académico al año, (Curso 2011/12): a).- Educación primaria: 47 Euros . b).- Primer Ciclo Educación Secundaria 1º y 2º E.S.O.: 61 Euros . c).- Segundo Ciclo Educación Secundaria, 3º y 4º E.S.O.: 73 Euros. d).- Bachiller LOGSE y Ciclos Formativos de Grado Medio: 87 Euros.
1.- ESTUDIANTES NO UNIVERSITARIOS: ALUMNOS HUÉRFANOS COLEGIADOS EN LOS CENTROS DOCENTES "INFANTA MARÍA TERESA" Y "MARQUÉS DE VALLEJO" a).- A los alumnos que al finalizar el curso, hayan aprobado con nota media de NOTABLE o superior. Abonarle una cantidad igual a la que les corresponde por los DIEZ MESES de gratificación mensual. b).- A los alumnos que hayan obtenido, en cada "Evaluación Trimestral", una calificación de NOTABLE o superior. Abonarles DOBLE de la gratificación que se les asigna mensualmente, desde dicha evaluación hasta la siguiente. c).- A los alumnos que hayan superado cada "Evaluación Trimestral", con todas las asignaturas aprobadas. Abonarles además de la asignación mensual, otra asignación equivalente a la MITAD de la anterior, desde dicha evaluación hasta la siguiente. ALUMNOS HUÉRFANOS NO COLEGIADOS: Los alumnos huérfanos que cursen estudios de Primer Ciclo ESO, Segundo Ciclo ESO, Bachiller LOGSE y Ciclos Formativos de Grado Medio, que hayan conseguido una nota media de SOBRESALIENTE a la finalización del curso correspondiente, recibirá un premio especial de 859 Euros. 2.- ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS: HUÉRFANOS RESIDENTES:
HUÉRFANOS NO RESIDENTES:
3.-PREMIO "HILARIO BRAVO PALACIOS" a).- CUATRO premios anuales para huérfanos no colegiados en Centros dependientes de la Asociación, que cursan estudios de 3 y 4º de E.S.O, 1º y 2º de Bachiller, y ciclos formativos de grado medio, (su inicio a partir del curso escolar 1.982/83), siendo el importe el 50% del rendimiento del capital existente en el legado de D. Hilario bravo Palacios mas 300 Euros. b).- Anualmente se publican estos premios. Dependiendo la posterior concesión y la regulación de la cuantía del Consejo de Gobierno y Administración.
Estas becas para huérfano/as (incompatibles con percibir becas de estudios universitarios o para oposiciones y estudios postgrado), o en defecto de éstos, para hijo/as de Socios o del Cuerpo, tendran un tiempo de permanencia maximo de DOS años. Los importes mensuales de todas las becas a partir de enero de 2012, será de 733 €. Las becas son publicadas periódicamente en Circular Informativa (B.O.C), con especificación de las características de cada una de ellas, siendo actualmente las siguientes: 1.- TRES BECAS DE PERIODISMO: (En la Oficina de Relaciones Informativas y Sociales (ORIS), de la Dirección General de la Guardia Civil).
2.- CUATRO BECAS DE MEDIOS AUDIOVISUALES: (En la ORIS de la D.G.G.C.).
3.- BECAS "MARQUES DE VALLEJO"
4.- TRES BECAS "AUXILIAR DE INVESTIGACIÓN": .
5.- DOS BECAS EN LA SUBDIRECCION GENERAL DE PERSONAL:.
6.- CUATRO BECARIOS, que efectuarán sus prácticas en los siguientes departamentos de esta Asociación.
7.- TRES BECAS EN LA FUNDACION GUARDIA CIVIL
1.- Alquiler de 393 viviendas propiedad de esta Asociación. (Normas de adjudicación de viviendas, publicadas en el B.O. del Cuerpo nº 1 de fecha 10-01-92). 2.- El uso de instalaciones deportivas propiedad de la Asociación:
3.- Ayudas Económicas: Para huérfanos e hijos de socios, que cursen estudios y esten alojados en Residencias, Colegios Mayores o establecimientos de hospedajes. Anualmente se publicará “Circular Informativa”, sobre el importe de estas ayudas y los requisitos generales para poder solicitarlo. 4.- Sólo los hijos de los socios, podrán solicitar el ingreso en el Colegio de Guardias Jóvenes. 5.- Residencia "MARISCAL", en Madrid, Barrio de Hortaleza, c/de La Eras, n° 6, (42 habitaciones dobles y 4 suites -habitaciones doble + salón incorporado-). Personas que podrán utilizar los distintos servicios de la Residencia: Con carácter preferente:
Con carácter general, también podrán utilizar los servicios de la Residencia, según el siguiente orden de prioridad:
6.- Residencia de mayores "VIRGEN DE LA CABEZA" en Guadarrama (Madrid), Paseo de la Alameda Núm. 8; la Residencia es MIXTA, tanto para el personal ASISTIDO, como para NO ASISTIDO, tiene una capacidad para 170 residentes con un máximo de 56 para NO ASISTIDOS. Personal que podrá utilizar los distintos servicios de la Residencia: Con carácter preferente:
Con carácter general:
(La normativa de funcionamiento de la Residencia ha sido publicada en el B.O de la Guardia Civil, número 14 de fecha 20 de mayo de 2008). 7.- Servicio de Odontologia:
1.- CONCESIONES A LOS PRESENTES BENEFICIOS-PRESTACIONES: Por el Presidente del Consejo, pudiendo delegar en el Coronel Jefe de la Sección.
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